Carga de registros de recursos de acceso abierto Externos
Todas las colecciones de libros soportan la carga de recursos digitales externos.
Los criterios para la carga de los mismos son las siguientes:
- El recurso tiene una url única y permanente (DOI, handle o identificador de repositorio digital)
- El recurso es de acceso abierto y pertinente para ser usado en la biblioteca.
- El costo de carga del registro se condice con el posible uso por parte de los usuarios de las bibliotecas?
El registro debe tener los siguientes campos
- se agrega el adjunto (se pone público solo si no está accesible en un repositorio remoto) . Esto es opcional.
- se agrega en el 856^u la URL del repositorio (usar el enlace permanente si está disponible). Este campo es repetible y puede colocarse más de una URL (si hay url con DOI usarlas preferentemente)
- se agrega el 856^z la palabra "ACCESO ABIERTO" para identificar el tipo de material.
- se agrega el 856^y la palabra "Recurso digital o cualquier otro texto que será el que se use como texto del enlace".
Para los libros electrónicos externos a la universidad, es decir están publicados en webs que no pertenecen a la Universidad Nacional de cuyo y de los cuales no contamos con los derechos de republicación se debe generar un registro bibliográfico contemplando en el campo 856 subcampo la URL completa al recurso o ficha del libro en cuestión.
En caso de evaluarse que el libro pueda desaparecer por ejemplo una web que no sostenga enlace en el tiempo, es recomendable además Descargar el PDF y subirlo como un adjunto al catálogo del SIG.
El archivo se sube en la pestaña "adjuntos"
Ese adjunto debe estar marcado como No publico ya que no tiene que aparecer el catálogo público y solamente ser accesible mediante el enlace del 856.
Ejemplo: Registro de Ejemplo